Libro VI: Obligaciones y Contratos Mercantiles (Arts. 669 a 1039)

 

Recopilando los temas fundamentales del libro IV se expone a obligaciones en general, compraventa mercanitl, suministro, descuento,  reporto, impuestos, transporte, utilidades y pérdidas, prórroga o espera y procedimientos mercantiles,  figurando como las obligaciones y contratos mercantiles que una persona individual, comercio, empresa o institución  debe de tomar en cuenta.

Principios filosóficos, mora, normas supletorias, venta contra documentos, costo seguro y flete CIF, suministro, contratos periódicos, deposito bancario de dinero, apertura de credito, intereses comisones y gastos, plazo, características del fidiecomiso, invetario y evaluo, contrato de transporte, contrato de participacion,  contrato de hospedaje, contrato de seguro, vigencia, normas supleatorias, aplicabilidad del contrato de fianza y vía procesal, son algunos de artículos que contienen informacion relevante. 


TITULO I DISPOSICIONES GENERALES (Arts. 669 a 694)

  CAPITULO I de las Obligaciones en General (Arts. 669 a 694)

Las obligaciones y contratos mercantiles se interpretarán, ejecutarán y cumplirán de conformidad con los principios de verdad sabida y buena fe guardada, a manera de conservar y proteger las rectas y honorables intenciones y deseos de los contratantes, sin limitar con interpretación arbitraria sus efectos naturales.

TITULO II CONTRATOS MERCANTILES EN PARTICULAR (Arts. 695 a 1038)

   CAPITULO I de la Compraventa Mercantil (Arts. 695 a 706)

En las ventas contra documentos, el vendedor cumplirá su obligación de entrega, remitiendo al comprador, los títulos representativos de las mercaderías y los demás documentos indicados en el contrato o exigidos por el mismo.

   CAPITUO II del Suministro y del Contrato Sumatorio (Arts. 707 a 713)

Por el contrato de suministro, una parte se obliga mediante un precio, a realizar en favor de la otra, prestaciones periódicas o continuadas de cosas muebles o servicios.

   CAPITULO III del Deposito Mercantil (Arts. 714 a 717)

En los depósitos de cosas fungibles, se podrá convenir que el depositario disponga de la cosa depositada y restituya otro tanto de la misma especie y calidad. En este caso se aplicarán en lo conducente, las reglas del mutuo.

   CAPITULO IV Operaciones de Credito (Arts. 718 a 765)

Por el contrato de apertura de crédito, el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, o bien, a contraer obligaciones por cuenta de éste, quien deberá restituir las sumas de que disponga o a proveer las cantidades pagaderas por su cuenta, y a pagar los gastos, comisiones e intereses que resulten a su cargo.

   CAPITULO V Fideicomiso (Arts. 766 a 793)

El fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario, afectándolos a fines determinados. El fiduciario los recibe con la limitación de carácter obligatorio, de realizar sólo aquellos actos exigidos para cumplir los fines del fideicomiso.

   CAPITULO VI del Transporte (Arts. 794 a 822)

Por el contrato de transporte, el porteador se obliga, por cierto precio, a conducir de un lugar a otros pasajeros o mercaderías ajenas que deberán ser entregadas al consignatario.

   CAPITULO VII Contratos de Edición, Reproducción y Ejecución de Obras (Arts. 823 a 860 DEROGADOS)

    CAPITULO VIII del Contrato de Participación (Arts. 861 a 865)

   Por el contrato de participación, un comerciante que se denomina gestor se obliga a compartir con una o varias personas llamadas participantes, que le aportan bienes o servicios, las utilidades o pérdidas que resulten de una o varias operaciones de su empresa o del giro total de la misma.

    CAPITULO IX del Contrato de Hospedaje (Arts. 866 a 873)

   Por el contrato de hospedaje, una persona se obliga a dar albergue a otra mediante la retribución convenida, comprendiéndose o no la alimentación.

    CAPITULO X del Contrato de Seguro (Arts. 874 a 1019)

Por el contrato de seguro, el asegurador se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato, y el asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente.

    CAPITULO XI del Contrato de Reaseguro (Arts. 1020 a 1023)

Por el contrato de reaseguro, el asegurador traslada a otro asegurador o reasegurador, parte o la totalidad de su propio riesgo. Todos los contratos de reaseguro deberán registrarse en la entidad fiscalizadora, sin que sea exigible ningún otro trámite o legalización cuando los reaseguradores sean extranjeros.

    CAPITULO XII del Contrato de Fianza y del Reafianzamiento (Arts. 1024 a 1038)

Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a las fianzas que otorguen las afianzadoras autorizadas de conformidad con la ley.

TITULO UNICO PROCEDIMIENTOS MERCANTILES (Art. 1039)

A menos que se estipule lo contrario en este Código, todas las acciones a que dé lugar su aplicación, se ventilarán en juicio sumario, salvo que las partes hayan convenido en someter sus diferencias a arbitraje. En los juicios de valor indeterminado y en aquellos cuya cuantía exceda de dos mil quetzales (Q2,000.00). Procederá el recurso de casación, en los términos establecidos en el Código Procesal Civil y Mercantil. En materia mercantil, son títulos ejecutivos. las copias legalizadas del acta de protocolación de protestos documentos mercantiles y bancarios, o los propios documentos si no fuere legalmente necesario el protesto.



Acontinuación encontrará el documento que posee la información completa del libro IV del Codigo de Comercio. 

Libro IV Obligaciones y Contratos Mercantiles

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